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Visa de Residente – Independiente Inversionista
Este tipo de Visa solo se tramita en el Perú. Para conocer el detalle completo de los requisitos para la obtención de este tipo de visas, deberá contactarse con la Dirección General de Migración y Naturalización del Ministerio del Interior del Perú MIGRACIONES PERU

Requisitos
  • Formulario F-007 (gratuito).
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/.107.50 nuevos soles).
  • Copia legible del pasaporte o documento de viaje con una vigencia mínima de seis de (06) meses. El beneficiario de la visa debe encontrarse en situación migratoria regular.
  • Copia legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN., de la escritura inscrita en los Registros Públicos donde el beneficiario figure con una representación mínima de treinta mil dólares americanos (US $30,000), o su equivalente en moneda nacional en el capital social suscrito y pagado completamente en dinero en efectivo y en un solo acto.
  • Acreditar que el dinero invertido provienedel extranjero a través de "DeclaraciónJurada de Equipaje-Ingreso" efectuada ante la SUNAT realizado por el extranjero al momento de de ingresar al país o documentos relacionados con transacciones interbancarias u otras modalidades de transferencia de dinero girados desde el exterior a favor del extranjero y/o empresa peruana donde el extranjero es socio.
  • Carta de compromiso de creación de al menos cinco (05) puestos de trabajo para peruanos, en un plazo no mayor a un año, requisito que será de cumplimiento indispensable para solicitar la prorróga de residencia.
  • Proyecto de Factibilidad del negocio(se trate de una empresa recién constituida) y Plan de Negocios (se trate de una empresa en actividad) que incluya la creación de 05 puestos de trabajo en un plazo no mayor de dos (02) años. Deberá ser elaborado por profesional colegiado y debidamente habilitado y certificado.
Además
  • El formulario debe ser firmado por el solicitante (el extranjero beneficiario de la visa ó el Representante Legal de la empresa peruana donde ha invertido el extranjero). 
  • La copia legible del pasaporte deberá estar legalizada por el Consulado Peruano y el Ministerio de Relaciones o por su representación Consular en el Perú o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN o legalizada notarialmente.
  • La documentación que estuviera en idioma extranjero también podrá ser traducido por Traductor Oficial.
  • En los casos que la solicitud de visa a inversionista sea solicitada por extranjero que ostente Carne de Extranjería con Visa Residente, el dinero aportado en la empresa podrá provenir de fuente nacional debidamente certificada y debiendo acreditar que el dinero en mención fue obtenido producto y acorde al tiempo de su residencia pasada.
  • La ficha RUC de la empresa peruana debe estar ACTIVO y HABIDO.
  • Original o copia legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN de la Ficha Registral de la empresa actualizada.
  • Para acreditar que el Proyecto de Factibilidad del negocio o Plan de Negocios ha sido elaborado por profesional colegiado y debidamente habilitado y certificado, se deberá adjuntar original o copia legalizada notarialmente o fedateada por el Fedatario de la DIGEMIN de la Constancia de Habilitación emitido por el Colegio respectivo.
  • Los documentos expedidos por instituciones públicas (SUNARP, SUNAT, RENIEC, etc) así como los poderes legalizados por Notario del Perú, no deberán tener más de tres (03) meses de antigüedad; de igual modo los documentos procedentes del extranjero legalizados por el Consulado Peruano o Apostillados no deberán tener más de seis (06) meses de antigüedad.
  • Copia del documento de identidad vigente y actualizado del apoderado de ser el caso.
En caso de transferencia de acciones o participaciones sólo cuando incluya aumento de de capital equivalente a treinta mil dólares americanos ( US. $. 30,000), además de los requisitos generales presentará:
  • Copia legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN del Acta de Transferencia de acciones y del Libro de Matrícula de acciones o Escritura Pública de Transferencia de participaciones.
  • Plan de negocios para un (01) año.
  • Carta de compromiso de creación de cinco (05) puestos adicionales de trabajo en el plazo de un (01) año.
  • Copia de la Licencia de Funcionamiento vigente.
  • Planilla actual de trabajadores.
  • Ultima declaración jurada anual de impuesto a la renta de la empresa.
  • Acreditar que el dinero invertido proviene del extranjero a través de "Declaración Jurada de Equipaje-Ingreso" efectuada ante la SUNAT realizado por el extranjero al momento de de ingresar al país o documentos relacionados con transacciones interbancarias u otras modalidades de transferencia de dinero girados desde el exterior a favor del extranjero y/o empresa peruana donde el extranjero es socio.
Nota
  • En los casos en que existan convenios bilaterales o multilaterales suscritos por el Perú con otros Estados u Organismos Internacionales el pago de tasas, derechos de trámites u otras facilidades se sujetarán a lo dispuesto en los mismos.
  • La clase de visa temporal o residente dependerá de la documentación sustentatoria, la calificación que efectúe la DIGEMIN y lo establecido en el D.Leg. 1043.
  • La visa temporal: se puede otorgar hasta por noventa (90) días prorrogables. La visa de residente: se otorga por un (01) año prorrogable.
  • El beneficiario debe tener la calidad migratoria habilitante o el permiso para firmar contratos, al momento de firmar la constitución de la empresa o al adquirir las acciones o las participaciones.
  • En los casos en que el Cambio de Calidad Migratoria a Inversionista sea solicitado por extranjero ya residente, el dinero a ser aportado podrá provenir de fuente nacional debidamente certificada.
  • Esta calidad migratoria no está autorizada para trabajar.
  • En caso que el formulario es firmado por el apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante, si el Poder es otorgado fuera del país, debe estar legalizado por la Oficina Consular del Perú y el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillada. 
  • Todo documento que estuviera en idioma extranjero deberá ser traducido al castellano por Traductor Colegiado.

Visa de Residente – Independiente Profesional

Requisitos
  • Formulario F-007 (gratuito).
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/.107.50 nuevos soles).
  • Copia legible del pasaporte o documento de viaje con una vigencia mínima de seis de (06) meses. El beneficiario de la visa debe encontrarse en situación migratoria regular.
  • Copia fotostática legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN de su inscripción en el Colegio Profesional correspondiente para ejercer la profesión en el Perú (en caso de profesiones colegiadas) o copia legalizada o autenticada del Título Profesional convalidado por la Universidad o reconocido por la Asamblea Nacional de Rectores (en caso de no existir el colegio profesional correspondiente).

Además
  • El formulario debe ser firmado por el solicitante (extranjero).
  • La documentación que estuviera en idioma extranjero también podrá ser traducido por Traductor Oficial.
  • Copia del documento de identidad del apoderado vigente y actualizado de ser el caso.

Nota
  • En los casos en que existan convenios bilaterales o multilaterales suscritos por el Perú con otros Estados u Organismos Internacionales el pago de tasas, derechos de trámites u otras facilidades se sujetarán a lo dispuesto en los mismos.
  • La clase de visa temporal o residente dependerá de la documentación sustentatoria, la calificación que efectúe la DIGEMIN y lo establecido en el D.Leg. 1043.
  • La visa temporal: se puede otorgar hasta por noventa (90) días prorrogables. La visa de residente: se otorga por un (01) año prorrogable.
  • No están autorizados a trabajar bajo relación de dependencia.
  • Todo documento que estuviera en idioma extranjero deberá ser traducido al castellano por Traductor Colegiado.
  • • En caso que el formulario es firmado por apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante, si el Poder es otorgado fuera del país, debe estar legalizado por la Oficina Consular del Perú y el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillada.


Formulario F-007